Saltar al contenido
Noticias, guias y datos utiles de Argentina.
Noticias

República Dominicana busca un marco legal integral para la donación y uso de sangre

El Senado de República Dominicana debate una legislación unificada para regular la donación, almacenamiento y distribución de sangre, buscando garantizar gratuidad, seguridad y equidad en el acceso a transfusiones.

Noticias Publicado 13 mayo 2026 5 min de lectura Valentina Rojas
Senadores dominicanos en una reunión de la Comisión de Salud Pública discutiendo proyectos de ley.
Imagen destacada del articulo fuente

La Comisión de Salud Pública del Senado de República Dominicana, bajo la presidencia de la senadora Lía Díaz de Díaz, está analizando y unificando tres iniciativas legislativas clave. El objetivo es establecer un marco legal integral que regule la donación, el almacenamiento y la distribución de sangre y sus derivados en el país caribeño. Esta medida busca asegurar que tanto el sector público como el privado operen bajo normativas claras y equitativas, impactando directamente en la seguridad y accesibilidad de las transfusiones para la población.

Unificación legislativa para la salud

Los proyectos de ley que se están consolidando incluyen uno que regula el Sistema Nacional de Sangre, otro que instituye el Hemocentro Nacional y la Red Nacional de Servicios de Sangre, y un tercero que crea el Sistema Nacional de Bancos de Sangre y Donación de Sangre. Esta unificación responde a la necesidad de crear una legislación robusta que aborde todos los aspectos sociales y sanitarios de la hemodonación y la hemoterapia. La regulación propuesta tendrá alcance nacional y será supervisada por las autoridades de Salud Pública dominicanas.

Principios de la nueva normativa

La propuesta legislativa declara de interés nacional la hemodonación, la hemoterapia, los bancos de sangre y los centros de transfusión. Uno de los pilares fundamentales es que la donación de sangre debe ser voluntaria, libre, consciente y no remunerada, prohibiendo cualquier compensación económica a los donantes. Además, se establece una clara prohibición a cualquier forma de discriminación basada en nacionalidad, orientación sexual, raza, color, etnia, religión o ideología. La normativa también limita estrictamente el lucro en todas las etapas de obtención y manejo de sangre, regulando la importación y exportación y estableciendo sanciones para proteger tanto a donantes como a receptores.

Derechos y prohibiciones para donantes y receptores

El proyecto contempla una serie de derechos para los donantes, incluyendo la gratuidad del procedimiento, acceso a reconocimiento médico gratuito, confidencialidad de sus datos personales, prioridad para recibir transfusiones si las necesitan, participación en asociaciones y reconocimiento social. Por otro lado, se establecen prohibiciones claras para donar, como ser menor de dieciocho años, mayor de sesenta, mujeres embarazadas hasta seis meses después del parto, o personas con enfermedades como hepatitis o VIH/SIDA, entre otras condiciones que serán determinadas por el reglamento. Los receptores también tendrán derechos, como el acceso libre y gratuito a sangre y derivados, productos sometidos a controles de calidad y el respeto a su intimidad y honor.

<br>

Datos clave

Aspecto Detalle
Objetivo principal Establecer un marco legal integral para la donación, almacenamiento y distribución de sangre y sus derivados.
Principios clave Donación voluntaria, libre, consciente y no remunerada. Prohibición de discriminación y lucro.
Supervisión Autoridades de Salud Pública de República Dominicana.
Prohibiciones Venta de sangre, lucro en obtención/procesamiento, importación/exportación sin autorización del Ministerio de Salud Pública.

<br>

Organización y sanciones

En el apartado organizativo, los bancos de sangre se clasificarán en regionales, provinciales o de área y hospitalarios. Sus funciones abarcarán desde la promoción de la donación y la extracción, hasta el procesamiento, la distribución y la supervisión de la calidad de la sangre. Se enfatiza que los centros de transfusión deberán cumplir con normas de seguridad, informar claramente a los donantes y mantener adecuadamente los productos. La venta de sangre y derivados está prohibida, así como cualquier forma de lucro. Las importaciones y exportaciones solo podrán realizarse con autorización expresa del Ministerio de Salud Pública. Para garantizar el cumplimiento, se definirán faltas leves y graves y sus respectivas sanciones.

Relevancia para Argentina

Aunque esta iniciativa se desarrolla en República Dominicana, el debate sobre la regulación de la donación y uso de sangre es de interés para Argentina. En nuestro país, el sistema de hemoterapia se rige por la Ley Nacional de Sangre N° 22.990 y sus decretos reglamentarios, que también promueven la donación voluntaria y altruista. Sin embargo, los desafíos en cuanto a la autosuficiencia de sangre, la seguridad transfusional y la equidad en el acceso son temas recurrentes en la agenda de salud pública. La experiencia dominicana en la unificación de criterios y la consolidación de un marco legal integral podría ofrecer perspectivas valiosas para futuras revisiones o fortalecimientos de las políticas argentinas en esta materia, donde la trazabilidad y la calidad de los hemocomponentes son cruciales para la salud de los pacientes.

Fuente: Infobae Argentina https://www.infobae.com/republica-dominicana/2026/05/13/el-senado-estudia-marco-legal-integral-para-la-donacion-y-el-uso-de-sangre-en-republica-dominicana/

Fuente

Infobae Argentina Publicacion original: 2026-05-13T04:18:38+00:00