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Endurecen reglas migratorias: el Gobierno podrá expulsar extranjeros por mensajes de odio contra argentinos

El DNU 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, modifica la Ley de Migraciones y suma nuevas causales para impedir el ingreso al país o cancelar residencias ya otorgadas.

Noticias Publicado 1 agosto 2026 4 min de lectura Valentina Rojas
Decreto de Necesidad y Urgencia 681/2026 publicado en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Javier Milei y su gabinete, modificando la Ley de Migraciones
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El Gobierno nacional endureció las reglas migratorias y habilitó la expulsión de extranjeros que emitan mensajes de odio contra argentinos, inciten a la violencia por motivos de nacionalidad o participen en actos de ultraje a los símbolos patrios. La medida también permite impedir el ingreso al país de personas alcanzadas por esas conductas. La decisión fue oficializada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei y su Gabinete.

Medida oficial

El nuevo DNU introduce modificaciones a la Ley de Migraciones 25.871. Se incorporan nuevas causales que las autoridades migratorias podrán utilizar tanto para rechazar el ingreso de extranjeros al territorio argentino como para cancelar residencias migratorias ya otorgadas. Entre las conductas que habilitan estas medidas figuran haber “dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, o incitado a la violencia contra el pueblo argentino en su conjunto, o contra algún ciudadano argentino”, cuando la conducta esté motivada por la nacionalidad. También alcanza a quienes hayan “realizado o participado en actos de ultraje de símbolos patrios nacionales” o hubiesen incitado a terceros a cometer cualquiera de esas conductas.

El decreto señala que en los últimos años “han aumentado considerablemente los mensajes de odio y actos de hostilidad y menosprecio dirigidos específicamente contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional”. El texto argumenta que estas situaciones representan un riesgo para la convivencia social, y que “no corresponde permitir que aquellos extranjeros que se encuentren en la República Argentina o en el exterior que hayan manifestado mensajes de odio o actos de hostilidad contra los ciudadanos argentinos puedan ingresar o residir en el territorio de la República”.

Modificaciones a la ley

La reforma alcanza tanto a extranjeros que pretendan ingresar a la Argentina como a aquellos que ya cuenten con autorización para residir en el país. En los casos de residencias ya otorgadas, el DNU incorpora las nuevas conductas entre los motivos que pueden derivar en la pérdida de la residencia. Además, modificó el artículo 63 de la Ley de Migraciones: la cancelación de la residencia por estas causas podrá derivar en una intimación para abandonar el territorio nacional dentro de un plazo determinado o directamente en la expulsión del país, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso.

Datos clave Detalle
Norma Decreto de Necesidad y Urgencia 681/2026
Publicación Boletín Oficial, 30 de julio de 2026
Modifica Ley de Migraciones 25.871
Nuevas causales Mensajes de odio, incitación a la violencia contra argentinos, ultraje a símbolos patrios
Afecta Ingreso al país y residencias ya otorgadas
Vigencia Al día siguiente de su publicación

Alcance y excepciones

El texto incorporó una aclaración vinculada con la libertad de expresión. El nuevo inciso estableció que “en ningún caso podrán encuadrarse” dentro de estas causales las “expresiones de disenso ideológico o de crítica política, académica o ciudadana” que constituyan un ejercicio legítimo de los derechos garantizados por la Constitución Nacional. De esta forma, el Ejecutivo busca evitar que la norma sea utilizada para censurar opiniones políticas o sociales.

Para justificar la medida, el decreto menciona disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos vinculadas a la prohibición de la apología del odio que constituya incitación a la violencia. Sostiene que la reforma resulta compatible con las limitaciones previstas para la protección de la seguridad nacional, el orden público o los derechos de terceros.

Implicancias

La modificación legislativa mediante DNU será remitida al Congreso para su tratamiento. Según el artículo 4° de la norma, las modificaciones entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. Hasta que el Congreso se expida, el decreto tiene plena vigencia.

Para los lectores de Va Seguro, la medida implica un cambio concreto en el control migratorio. Quienes hayan emitido mensajes de odio contra argentinos desde el exterior o dentro del país podrían ver denegado su ingreso o perder su residencia. La norma no afecta a quienes ejercen críticas políticas o expresiones de disenso, siempre que no constituyan incitación a la violencia. La aplicación concreta dependerá de la interpretación que hagan las autoridades migratorias y, eventualmente, la Justicia.

Fuente: Clarín, “Endurecen las reglas migratorias: podrán expulsar extranjeros por mensajes de odio contra argentinos” – https://www.clarin.com/politica/endurecen-reglas-migratorias-podran-expulsar-extranjeros-mensajes-odio-argentinos_0_qLTiXLpCUk.html. DNU 681/2026 publicado en el Boletín Oficial.

Fuente

Clarin ultimo momento Publicacion original: 2026-07-30T04:46:14+00:00