La Justicia bonaerense ha dictaminado que una entidad bancaria deberá indemnizar a un cliente por daños patrimoniales y morales. La resoluci
La Justicia bonaerense ha dictaminado que una entidad bancaria deberá indemnizar a un cliente por daños patrimoniales y morales. La resoluci


La Justicia bonaerense ha dictaminado que una entidad bancaria deberá indemnizar a un cliente por daños patrimoniales y morales. La resolución se basa en que el banco permitió la extracción de dinero de una cuenta bancaria, pocas horas después de que el titular reportara la pérdida de su Documento Nacional de Identidad (DNI). El fallo considera que la institución financiera no verificó adecuadamente la identidad de la persona que realizó la operación fraudulenta.
El caso se originó cuando un vecino de Lanús denunció la sustracción de $30.000 de su caja de ahorro, suma que él negó haber retirado. Según el expediente judicial, el damnificado reportó formalmente el extravío de su DNI y, al día siguiente, al revisar su aplicación bancaria, constató la extracción de los fondos. Inmediatamente, se presentó en la entidad para denunciar el hecho.
Por que importa
El banco, en su defensa, argumentó que el propio cliente se había presentado días antes para modificar su firma registrada, manifestando temor por un posible robo de documentos. La entidad afirmó que, el día de la extracción cuestionada, la cajera notó diferencias en la firma y solicitó una nueva autorización. Sin embargo, la institución financiera insistió en que la operación fue realizada por el titular de la cuenta.
Prueba caligráfica y filmaciones fueron cruciales en el proceso. La sentencia determinó que la firma utilizada en el comprobante de retiro de dinero no correspondía a la del titular de la cuenta, según un peritaje caligráfico. Las filmaciones de seguridad aportadas por el banco también mostraron diferencias físicas entre las personas que realizaron retiros en fechas cercanas, reforzando la hipótesis de la intervención de un tercero.
Contexto
El dictamen pericial caligráfico, que concluyó que la firma no era del titular, no fue objetado por el banco y resultó determinante para el fallo. El juzgado consideró probado que el retiro de los fondos no fue efectuado por el reclamante, sino por una persona ajena, atribuyendo así la responsabilidad a la entidad bancaria.
Daños patrimoniales y morales
El juzgado evaluó los daños reclamados, distinguiendo entre daño emergente y daño moral. Se consideró el informe de una pericia psicológica que acreditó lesiones psíquicas derivadas del episodio. El experto designado determinó que el reclamante presentó una incapacidad del 5% como consecuencia del evento.
La indemnización por daño psíquico fue fijada en $2.600.000. Adicionalmente, se dispuso una suma de $960.000 para cubrir los gastos de tratamiento psicoterapéutico, calculada en base a una sesión semanal durante dos años. En total, el banco deberá abonar $3.590.000 al cliente.
Intereses y costas
La sentencia estableció que los intereses sobre el monto indemnizatorio deberán computarse desde la fecha del hecho, el 11 de julio de 2017, hasta el dictado de la resolución. Posteriormente, los intereses se calcularán conforme a la tasa que aplica el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a plazo fijo.
El fallo impuso las costas del proceso a la entidad bancaria, por haber resultado vencida. La regulación de honorarios para los abogados y peritos intervinientes quedó diferida para una etapa posterior.
Importancia de la prueba
El juzgado recalcó la importancia de la prueba pericial y la carga probatoria en casos de fraude y disputas bancarias por suplantación de identidad. Se recordó que el dictamen pericial, si bien no es vinculante para el magistrado, debe ser valorado conforme a las reglas de la sana crítica y solo puede ser desestimado mediante fundamentos sólidos. La resolución judicial también mencionó referencias a doctrina y jurisprudencia sobre la carga de la prueba y la valoración de la prueba pericial en casos de disputa sobre la autenticidad de documentos.
Este caso subraya la necesidad de que las entidades bancarias extremen las medidas de seguridad y verificación de identidad al momento de realizar operaciones, especialmente ante la sustracción o extravío de documentos, para prevenir fraudes y proteger a sus clientes. La falta de diligencia por parte de la institución financiera resultó en una condena que busca resarcir al damnificado por las pérdidas económicas y el sufrimiento causado.
Datos clave
| Aspecto | Detalle |
|—|—|
| Monto extraído fraudulentamente | $30.000 |
| Fecha del hecho | 11 de julio de 2017 |
| Condena al banco | Pago de indemnización por daño patrimonial y moral |
| Monto total de la indemnización | $3.590.000 |
| Prueba determinante | Peritaje caligráfico sobre la firma |
Fuente: Infobae Argentina – https://www.infobae.com/judiciales/2026/06/24/perdio-el-dni-y-ese-mismo-dia-le-extrajeron-dinero-de-su-cuenta-por-ventanilla-condenan-al-banco-por-no-verificar-la-identidad-del-estafador/
Datos clave
| Punto | Detalle |
|---|---|
| Fuente | Infobae Argentina |
| Fecha | 2026-06-24T04:57:59+00:00 |
| Tema | Perdió el DNI y ese mismo día le extrajeron dinero de su cuenta por ventanilla: condenan al banco por no verificar la id |
Fuente
Infobae Argentina Publicacion original: 2026-06-24T04:57:59+00:00
Santiago Medina
Editor de policiales, seguridad y justicia.
