República Dominicana: Diputados aprueban régimen de infracciones para estados de excepción
La Cámara de Diputados de República Dominicana avanzó en la modificación de la Ley 21-18 sobre estados de excepción, estableciendo un sistema más detallado de infracciones y sanciones para situaciones excepcionales, que ahora pasará al Senado para su consideración.


La Cámara de Diputados de República Dominicana ha aprobado en segunda discusión un proyecto de ley que busca modificar la normativa actual sobre estados de excepción, introduciendo un marco más detallado para la tipificación de infracciones y la aplicación de sanciones. Esta iniciativa, que ya cuenta con el aval de la cámara baja, será remitida al Senado de la República para su eventual revisión y aprobación.
El objetivo principal de esta reforma es reemplazar la generalidad de la ley vigente por un régimen sancionador específico, que defina con mayor claridad las faltas cometidas durante periodos de excepción y las penalidades correspondientes. La propuesta surge de la necesidad de contar con herramientas legales más precisas ante situaciones que afecten la salud pública, el orden o la seguridad nacional.
Definición de infracciones
El proyecto clasifica las infracciones en tres categorías: leves, graves y muy graves, basándose en el grado de afectación a la salud, la seguridad ciudadana y el orden público. Esta distinción permitirá a las autoridades aplicar sanciones proporcionales a la gravedad de la falta cometida.
Las infracciones leves se refieren a aquellas con un impacto mínimo en la normalidad. Las graves implican una afectación intermedia, mientras que las muy graves contemplan situaciones de alto impacto.
Entre las nuevas infracciones contempladas para los ciudadanos se encuentran la violación de restricciones de circulación o de horarios establecidos por el Poder Ejecutivo, el incumplimiento de medidas sanitarias o de seguridad, la resistencia a los requerimientos de las autoridades y las agresiones verbales a agentes encargados del orden público.
Las conductas calificadas como muy graves incluyen la huida ante requerimientos de detención o registro por parte de agentes policiales, la agresión física a autoridades o la reincidencia en faltas previamente cometidas.
Procedimientos y facultades
La iniciativa también detalla el procedimiento para la actuación de la Policía Nacional durante un estado de excepción. Los agentes estarán facultados para levantar actas de infracción, tanto de manera manual como a través de dispositivos electrónicos que implemente el Ministerio de Interior y Policía.
Asimismo, el Ministerio Público tendrá la potestad de ordenar la retención de personas durante los horarios restringidos de circulación. En casos de reincidencia, los infractores podrán ser trasladados a destacamentos policiales y permanecer allí hasta la finalización de las restricciones horarias impuestas por las autoridades. Este esquema de actuación detallado no se encuentra presente en la ley actual.
Sanciones para empresas
El proyecto introduce un régimen sancionador especial dirigido a empresas y establecimientos comerciales que incumplan las restricciones establecidas durante un estado de excepción. Las multas variarán en función del tamaño de la empresa, estableciendo rangos específicos:
- Microempresas: multas de entre uno y dos salarios mínimos del sector público.
- Pequeñas empresas: multas de entre tres y cuatro salarios mínimos del sector público.
- Medianas empresas: multas de entre cinco y diez salarios mínimos del sector público.
- Grandes empresas: multas de entre once y veinte salarios mínimos del sector público.
En caso de reincidencia, las multas podrán ser duplicadas, y las autoridades podrán ordenar el cierre temporal del establecimiento mientras el estado de excepción permanezca vigente.
Contexto legal
La ley vigente, promulgada en 2018, permite la suspensión de derechos fundamentales como la libertad de tránsito, de reunión o la inviolabilidad del domicilio durante estados de conmoción interior o emergencia, siempre con autorización del Congreso Nacional. Sin embargo, la norma actual no especifica las sanciones concretas ni las consecuencias para quienes violen las disposiciones emitidas por el Poder Ejecutivo.
La modificación aprobada busca subsanar esta laguna legal, proporcionando un marco normativo más robusto y predecible para la gestión de situaciones extraordinarias que requieran la limitación temporal de ciertos derechos.
Otras iniciativas legislativas
Además de la aprobación del proyecto sobre estados de excepción, los diputados dominicanos también dieron curso a un conjunto de resoluciones. Estas resoluciones solicitan al Poder Ejecutivo la ejecución de obras civiles, la construcción y el remozamiento de infraestructuras, así como la instalación de oficinas de entidades públicas en diversos municipios del país.
Estas medidas buscan impulsar el desarrollo local y mejorar la provisión de servicios públicos en distintas comunidades.
Implicaciones para Argentina
Si bien esta noticia se centra en la legislación de República Dominicana, los mecanismos de regulación y sanción durante estados de excepción son de interés general para países que buscan fortalecer sus marcos legales ante crisis. En Argentina, la gestión de emergencias y la definición de facultades y sanciones para situaciones excepcionales son temas de debate recurrente en el ámbito político y social. La experiencia legislativa de otros países, como la que ahora avanza en Dominicana, puede ofrecer perspectivas sobre cómo equilibrar la necesidad de orden público con la protección de derechos ciudadanos.
La claridad en la tipificación de infracciones y la proporcionalidad de las sanciones son aspectos cruciales para garantizar la legitimidad de las medidas adoptadas durante estados de excepción, un equilibrio que legislaciones como la que se discute en República Dominicana intentan afinar.
Datos clave
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Modificación Legislativa | Proyecto de ley para modificar la Ley 21-18 sobre estados de excepción. |
| Aprobación | Segunda discusión en la Cámara de Diputados de República Dominicana. |
| Sanciones a Empresas | Multas escalonadas según tamaño y posible cierre temporal. |
| Próximo Paso | Revisión y posible aprobación por el Senado de la República. |
Fuente
Infobae Argentina Publicacion original: 2026-05-27T03:26:33+00:00
Valentina Rojas
Editora de actualidad politica e institucional en Va Seguro.
