ARCA no fijará un tope para los dólares “del colchón”, pero controles del Gobierno podrían intensificarse
El Gobierno busca fomentar la exteriorización de activos con la "Inocencia Fiscal II", pero advierten que, si bien el organismo recaudador no impondrá límites, otros controles podrían activarse.


El Gobierno nacional, a través de un anteproyecto para relanzar la Inocencia Fiscal, busca incentivar que los dólares que permanecen fuera del circuito formal, comúnmente conocidos como “dólares del colchón”, se incorporen a la economía productiva. La administración de Javier Milei enfatiza que la medida busca dar previsibilidad a los ciudadanos y dejar de lado la persecución de aquellos que, por motivos históricos, optaron por resguardar sus recursos de manera informal ante la inflación y el incumplimiento estatal.
Sin embargo, la iniciativa genera interrogantes sobre los límites y alcances de la exteriorización de activos. Tributaristas y especialistas consultados señalan que, si bien desde ARCA se ha confirmado que no habrá un tope específico para la cantidad de dinero que se podrá exteriorizar, esto no significa una ausencia total de controles. La preocupación principal, según advierten, podría trasladarse de ARCA a otros ámbitos, especialmente en lo referente a la prevención del lavado de activos.
La nueva propuesta, denominada por algunos como “Inocencia Fiscal II”, intenta ofrecer garantías a los contribuyentes para que puedan ingresar fondos al sistema sin temor a represalias fiscales por períodos anteriores. Uno de los puntos destacados es la incorporación de un umbral mínimo para considerar una “discrepancia significativa”, que se establece en un monto equivalente al 5% de la evasión simple prevista en el Régimen Penal Tributario. Esta medida busca brindar mayor certidumbre sobre la capacidad del fisco para cuestionar declaraciones juradas.
Blanqueo y sus límites
La cuestión central para muchos contribuyentes es cuánto dinero podrán exteriorizar sin incurrir en problemas. La respuesta oficial de ARCA a El Cronista fue clara: “no habrá un límite” para la exteriorización. Esto despeja una de las principales dudas que circulaban en el ámbito profesional y entre los contribuyentes.
No obstante, la discusión se amplía al considerar que, a pesar de las garantías fiscales ofrecidas para el blanqueo, los controles no desaparecerán por completo. Los mecanismos vinculados a la prevención del lavado de dinero seguirán vigentes. Los bancos, sociedades de bolsa, exchanges y otros sujetos obligados por la Unidad de Información Financiera (UIF) continuarán con la exigencia de monitorear operaciones, conocer el perfil de sus clientes y detectar movimientos que no se correspondan con su capacidad económica declarada.
Marcelo Rodríguez, CEO de MR Consultores, advierte que “las zonas grises están desapareciendo para aquel que opte por el régimen simplificado para conseguir el tapón fiscal. Puede haber algún nubarrón sobre el monto que el contribuyente va a poder exteriorizar. El contribuyente no tiene certidumbre de cuánto puede exteriorizar, con la UIF y la ley de lavado de activos como una espada de Damocles”.
Esto implica que, si bien la adhesión al régimen simplificado podría ser un antecedente favorable, no anula los controles habituales sobre el origen y la consistencia de los fondos. La UIF y las leyes de prevención del lavado de activos actúan como un factor de riesgo latente para aquellos que ingresen sumas significativas al sistema formal sin una justificación clara y consistente.
ARCA y el fisco
Desde el punto de vista tributario, el proyecto busca brindar seguridad a los contribuyentes. Se pretende que al adherirse al régimen, los fondos ingresados no puedan ser utilizados por ARCA para cuestionar períodos fiscales anteriores. Las garantías incluidas en el proyecto buscan limitar la discrecionalidad del organismo recaudador.
Mariano Ghirardotti, tributarista, sostiene que “ARCA deberá construir sus ajustes en base a información proporcionada por el propio contribuyente, por terceros o disponible en sus sistemas. Esto restringe bastante la discrecionalidad”.
El proyecto también limita algunas de las presunciones históricas que ARCA solía utilizar para detectar incrementos patrimoniales no justificados. Por ejemplo, se establece que los depósitos bancarios depurados no serán considerados un indicio de incremento patrimonial que permita al fisco impugnar una declaración jurada.
Discrepancia significativa y controles
A pesar de las nuevas disposiciones, la “discrepancia significativa” seguirá existiendo como concepto. La protección fiscal podría verse comprometida si ARCA detecta una diferencia relevante respecto a lo declarado, si se superan los parámetros del Régimen Penal Tributario, o si se identifican facturas apócrifas.
Marcelo Rodríguez comenta que “la fijación de ese mínimo da certidumbre sobre la chance que tendrá el fisco de cuestionar la declaración jurada bajo la hipótesis de la discrepancia significativa”.
La limitación de ARCA para construir ajustes en base a información propia del contribuyente, terceros o sistemas internos, restringe su capacidad de impugnación, obligándolo a basarse en datos más concretos y menos presuntivos.
La duda que persiste es si la ausencia de un límite fiscal para la exteriorización será suficiente para disipar las alertas que puedan surgir en otros organismos o dentro del propio sistema financiero, especialmente ante la vigencia de las normativas de prevención del lavado de dinero.
Datos clave
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Tope de exteriorización | ARCA confirma que no habrá un límite específico. |
| Prevención de lavado de activos | Controles de la UIF y ley de lavado de activos siguen vigentes. |
| Discrepancia significativa | Se establece un umbral del 5% del monto de evasión simple. |
| Presunciones fiscales | Se limitan algunas presunciones históricas de ARCA. |
La iniciativa de “Inocencia Fiscal II” representa un intento del Gobierno por fomentar la entrada de capitales al circuito formal de la economía argentina. Si bien la eliminación de un tope para la exteriorización de activos es un avance significativo que busca dar previsibilidad, la vigencia de los controles contra el lavado de dinero y la necesidad de justificar el origen de los fondos anticipan que el proceso no estará exento de escrutinio. Los ciudadanos que consideren adherirse deberán evaluar cuidadosamente tanto las garantías fiscales como los potenciales controles de otros organismos.
Fuente
El Cronista Publicacion original: 2026-06-10T10:12:40+00:00
Martín Álvarez
Editor de economía, dólar, precios y datos públicos de Argentina.
