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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha anunciado una serie de simplificaciones en la emisión de comprobantes a través de la

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó el régimen de emisión de comprobantes, introduciendo la liquidación electrónica mensual y modificando requisitos para operaciones con consumidores finales.

Noticias Publicado 1 julio 2026 3 min de lectura Martín Álvarez
Logo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha anunciado una serie de simplificaciones en la emisión de comprobantes a través de la Resolución General 5866/2026, publicada en el Boletín Oficial. El organismo busca optimizar los procedimientos vigentes y facilitar la consulta y aplicación de las normativas para contribuyentes y diversas entidades.

Nueva Liquidación Electrónica Mensual

Una de las principales novedades es la incorporación de la “Liquidación electrónica mensual”. Esta modalidad permitirá a los sujetos alcanzados facturar operaciones de manera individual o consolidada por período mensual. Los comprobantes deberán emitirse hasta el último día de cada mes calendario y estar a disposición del receptor dentro de los 10 días corridos posteriores a su emisión, siempre que se conserven los registros y documentación respaldatoria necesaria para identificar cada operación.

Modificaciones en Actividades Exceptuadas

La resolución también redefine el listado de actividades que están exceptuadas de emitir comprobantes, actualizando las normas previas. Los detalles específicos de estas nuevas excepciones serán publicados y deberán ser consultados por los contribuyentes afectados.

Requisitos Actualizados para Consumidores Finales

Se han modificado los datos exigidos en operaciones con consumidores finales. Para aquellas operaciones iguales o superiores a $10.000.000, será obligatorio incluir el DNI, CUIL, CDI o el documento del país de origen o pasaporte en caso de extranjeros. Para montos inferiores, los datos de apellido, nombre y domicilio podrán ser completados con “NR” (No Requerido) o ceros, si el sistema de facturación o controlador fiscal lo exige.

Identificación del Comprador para Deducción Impositiva

ARCA aclara que, independientemente del monto, se deberá identificar al comprador con su CUIT si este lo solicita para computar una deducción en el Impuesto a las Ganancias.

Cambios en Puntos de Venta

Los contribuyentes deberán informar el código del punto de emisión con al menos tres días hábiles de anticipación al inicio de actividades o habilitación de nuevas sucursales. En caso de cierre o baja, el plazo es de cinco días hábiles. Un punto de venta dado de baja no podrá ser reutilizado.

Datos Clave

| Aspecto | Detalle |
|—|—|
| Resolución | General 5866/2026 |
| Vigencia General | 1 de julio de 2026 |
| Liquid

Datos clave

Punto Detalle
Fuente El Cronista
Fecha 2026-06-29T11:05:33+00:00
Tema ARCA simplifica la emisión de comprobantes: nueva facturación electrónica, más excepciones y cambio de requisitos

Fuente

El Cronista Publicacion original: 2026-06-29T11:05:33+00:00