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Proyecto de reforma busca ajustar la Ley de Inocencia Fiscal y abordar deudas pendientes

Una propuesta de modificación a la reciente ley busca corregir puntos conflictivos y aclarar aspectos de la declaración simplificada del Impuesto a las Ganancias, pero deja fuera a los contribuyentes cumplidores.

Noticias Publicado 15 junio 2026 7 min de lectura Martín Álvarez
Fachada de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en Argentina.
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La flamante Ley de Inocencia Fiscal (27.799), promulgada a principios de enero, ya tiene un proyecto de reforma que busca subsanar asperezas y clarificar su aplicación. La ley original pretendía facilitar la exteriorización de capitales y actualizar aspectos de la legislación penal tributaria y sanciones. Sin embargo, a solo seis meses de su entrada en vigencia, un borrador de reforma sugiere modificaciones para abordar puntos que han generado controversia y para aclarar el alcance de la declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias.

Una de las principales intenciones de la ley era incentivar a los argentinos a “sacar los dólares del colchón”, promoviendo un blanqueo fiscal. No obstante, la iniciativa también ha sido señalada por permitir que ciertos funcionarios simplifiquen sus declaraciones patrimoniales. A pesar de las salvaguardas contempladas en la ley de prevención de lavado de dinero, que exigen a entidades como bancos, escribanías y contadores reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Información Financiera (UIF), el texto legal presenta aristas que ameritan ajustes.

La propuesta de reforma, aún en etapa de borrador, se enfoca en corregir aspectos técnicos y operativos. Sin embargo, una crítica recurrente es que los contribuyentes que cumplen rigurosamente con sus obligaciones fiscales no ven reflejados beneficios directos ni en la ley original ni en este proyecto de corrección. El futuro de estas modificaciones dependerá de la voluntad del Congreso para aprobar los cambios, en un contexto donde la inocencia fiscal es un tema de alta sensibilidad.

Modificaciones propuestas en el borrador

El proyecto de reforma detalla varias enmiendas clave, entre las que se destacan:

  • Impugnación por ARCA: Se propone que, ante una impugnación realizada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), no se considere la reducción del saldo a favor del contribuyente.
  • Límites de desvío: Se introduce un nuevo límite mínimo para el porcentaje de desvío del 15%. Este se sumará a una diferencia mínima de impuesto equivalente a $5 millones (correspondiente al 5% del monto de la ley penal tributaria por evasión simple). Si el proyecto se aprueba, la discrepancia quedaría limitada por el aumento del saldo a pagar del impuesto y la reducción de quebrantos impositivos. La diferencia de impuesto que supere los $100 millones se mantiene como discrepancia, excluyendo también la disminución de saldos a favor.
  • Ingresos directos computados improcedentemente: Se agrega como discrepancia observada por ARCA a los ingresos directos que los contribuyentes hayan computado de forma indebida, como retenciones, percepciones, pagos a cuenta y anticipos. En este punto, no se establece un importe mínimo.

Declaración Simplificada de Ganancias

El proyecto busca eliminar ciertos requisitos de la ley original relacionados con los límites de ingresos y patrimonio de los últimos tres años para acceder a la declaración simplificada.

  • Grandes contribuyentes: Aquellos categorizados como grandes contribuyentes podrán adherir al régimen simplificado exclusivamente para presentar la declaración jurada y pagar el impuesto. No obstante, no podrán beneficiarse de la presunción de exactitud ni de otros beneficios que otorga la ley. La única exigencia para ellos será poseer residencia fiscal en el país durante todo el período fiscal declarado. Esta condición no aplicará para quienes adhieran al régimen para el año 2025.
  • Rectificación de declaraciones: Con el proyecto se abriría la posibilidad de rectificar declaraciones juradas al detectar una discrepancia significativa. La condición será que el contribuyente presente y abone la declaración jurada rectificativa, junto con los intereses correspondientes, dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de ARCA.
  • Presunción de exactitud para IVA: Se aclara que los períodos no prescriptos del IVA, a efectos de la presunción de exactitud, abarcarán las declaraciones juradas mensuales devengadas hasta diciembre del año fiscal del Impuesto a las Ganancias bajo el régimen simplificado.
  • Carga de la prueba: La responsabilidad de evaluar la discrepancia significativa recaerá sobre la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Requisitos de operatoria y lavado de dinero

Los contribuyentes que opten por la modalidad simplificada del Impuesto a las Ganancias deberán canalizar sus operaciones, tanto de origen como de destino, a través de medios autorizados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y/o la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Esta condición se considerará cumplida al momento de otorgarse escrituras públicas relacionadas con derechos reales sobre inmuebles. En tales casos, los fondos utilizados para Bienes Personales se considerarán bienes incorporados al patrimonio del contribuyente en la fecha de la operación.

La constancia de adhesión al régimen simplificado deberá ser utilizada por los sujetos obligados a informar bajo la ley 25.246 (ley de prevención del lavado de dinero) como un antecedente favorable en la identificación y monitoreo de operaciones. El proyecto insta a la UIF a dictar la normativa complementaria necesaria, sin eximir a terceros obligados de cumplir con sus deberes en materia de lavado de dinero.

Ley de Procedimiento y discrepancias

Para determinar la existencia de una discrepancia significativa, se añadirán explícitamente a los incrementos patrimoniales no justificados (exceptuados por la ley) los depósitos bancarios que superen las ventas y los ingresos declarados en el período. Otras presunciones del artículo 18 de la ley de procedimiento no podrán ser usadas como fundamento único para acreditar una discrepancia significativa, sino como elementos indiciarios a contrastar con la prueba del contribuyente.

El proyecto aclara que la vigencia de la ley no afectará la continuidad de procedimientos administrativos o judiciales pendientes que hayan sido notificados antes de la adhesión a la modalidad simplificada. No obstante, se abre la posibilidad para que, antes de adherir a la declaración simplificada, los contribuyentes puedan cancelar y regularizar la totalidad de los tributos e accesorios aplicados por ARCA (incluso mediante planes de pago) correspondientes al Impuesto a las Ganancias y al IVA por los períodos fiscales alcanzados por la presunción de exactitud.

El proyecto de reforma no contempla, sin embargo, un alivio para los contribuyentes en lo que respecta al aumento de las multas aplicadas. La falta de beneficios para los contribuyentes cumplidores y la persistencia de aspectos conflictivos en la ley original son puntos que siguen generando debate y que la reforma en ciernes intenta abordar, aunque sea parcialmente.

Datos clave
| Aspecto | Modificación Propuesta | Implicancia Principal |
| :————- | :——————– | :——————– |
| Impugnación ARCA | No se considera reducción de saldo a favor | Mayor rigor en fiscalización |
| Desvío del 15% | Nuevo límite mínimo por diferencia de impuesto ($5 millones) | Ajuste en límites de discrepancia |
| Ingresos directos improcedentes | Se consideran discrepancia sin monto mínimo | Amplía base de posibles irregularidades |
| Requisitos Ganancias Simplificada | Eliminación de límites de ingresos/patrimonio pasados | Facilita adhesión para ciertos contribuyentes |

La relevancia de estos ajustes radica en su potencial impacto sobre la recaudación fiscal y la forma en que los contribuyentes interactúan con el sistema tributario argentino. La declaración simplificada busca agilizar trámites, pero las modificaciones propuestas y las críticas existentes plantean un escenario complejo para la “inocencia fiscal” en Argentina.

Fuente: El Cronista – https://www.cronista.com/columnistas/dolares-del-colchon-ganancias-y-una-reforma-a-medias-las-alertas-que-persisten-en-la-inocencia-fiscal/

Datos clave

Punto Detalle
Fuente El Cronista
Fecha 2026-06-13T11:23:40+00:00
Tema Dólares del colchón, Ganancias y una reforma a medias: las alertas que persisten en la Inocencia Fiscal

Fuente

El Cronista Publicacion original: 2026-06-13T11:23:40+00:00